Condenan a 10 años de cárcel a sujeto que abusó y violó a una menor en Padre Las Casas

Con el fin de evitar la revictimización, la víctima declaró en el juicio por medio de un intermediario de acuerdo a ley N°21.057 .

El Tribunal Oral en lo Penal de Temuco, impuso dos penas que suman 10 años de presidio efectivo contra un adulto mayor por abusar y violar a una menor de edad, en enero de 2022, en la comuna de Padre Las Casas.

De acuerdo a lo acreditado en el juicio, en el contexto de una celebración familiar, el condenado, de 68 años de edad y cuya su identidad se mantuvo en reserva para proteger a la víctima, realizó tocaciones de connotación sexual a la niña, de 13 años a la época hechos, en un vehículo al momento que se dirigían junto con otros parientes a un supermercado mayorista, y posteriormente, en el domicilio del sentenciado, donde se efectuaba la celebración, besó a la menor de manera reiterada y la llevó a un dormitorio donde consumó la violación.

La fiscal Vania Arancibia, explicó que, durante la investigación, la víctima dio su declaración a través de una entrevista investigativa videograbada como parte de una medida de protección contemplada en la ley N°21.057 e implementada en la región desde 2021, la cual busca prevenir la revictimización de niños, niñas y adolescentes que hayan sido víctimas de delitos graves.

En ese sentido, la fiscal manifestó que, gracias a la medida mencionada, y a diferencia a lo ocurría antes de la implementación de la ley, la víctima sólo debió declarar una vez hasta el momento del juicio oral, evitando de esa manera la revictimización de la afectada por parte de instituciones u otros intervinientes.

“Nunca más se le consultó ni por parte del Ministerio Público ni de otros intervinientes qué es lo que había ocurrido en ese día, sino hasta que en la instancia del juicio oral que es donde sí tienen que prestar una declaración, porque la entrevista investigativa videograbada es única” precisó la persecutora.

Además, la fiscal señaló que, en el juicio oral, y de acuerdo a la ley N°21.057, la víctima declaró en una sala especial y por medio de un intermediario acreditado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

El sentenciado, deberá cumplir íntegramente las penas privativas de libertad y le servirá de abono el tiempo que ha estado en prisión preventiva, el cual ha sido desde el 10 de enero del 2023. Además, se le impuso al condenado la prohibición de acercarse a la víctima por el plazo de cuatro años a contar que la sentencia se encuentre firme y ejecutoriada, ante la eventualidad que gozare de algún beneficio penitenciario.