Presidio perpetuo a sujeto por violaciones y golpiza que terminó en aborto en Renaico

Víctimas menores de edad tienen 15 y seis años.

 

A la pena de presidio perpetuo simple fue sentenciado Juan Alberto Ayala Valdivia, condenado por la violación de su conviviente y por los delitos reiterados de violación y abuso sexual infantil cometidos en perjuicio de las hijas de la misma mujer, de 15 y seis años de edad, en Renaico.

El Ministerio Público informó que el Tribunal Oral de Angol sentenció además a Ayala Valdivia el cumplimiento de tres penas de 61 días de presidio por los delitos de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar y aborto, causado este último a su pareja por los golpes que le dio.

El caso fue investigado y llevado a juicio por el fiscal jefe de Angol, Cristián Gacitúa, quien se manifestó conforme con las penas obtenidas. “Eran las penas que estábamos solicitando y se condicen con la gravedad de los hechos, particularmente con la extensión del mal causado a las víctimas menores de edad”, afirmó.

El persecutor destacó que la sentencia también consideró que el acusado era reincidente en este tipo de delitos. “Registraba condenas por violación, por haber violado a una menor de edad de 13 años a la cual embarazó y además por registrar tres condenas (anteriores) por lesiones en perjuicio de su pareja”, añadió.

En el juicio, la Fiscalía acreditó que en reiteradas ocasiones entre los años 2016 y 2017, el condenado violó a la hija mayor de su conviviente, de 15 años de edad a esa fecha, mediante el uso de la fuerza y golpes para vencer su resistencia.

En el mismo periodo ejecutó actos de significación sexual y de relevancia en perjuicio de la otra hija de la mujer, quien tenía seis años de edad.

También el fiscal probó que en la madrugada del 30 de mayo de 2017 el condenado violó a su pareja ante la negativa de ella a mantener relaciones sexuales.

El tribunal dio por acreditado además tres episodios de violencia intrafamiliar contra la mujer, el de mayor gravedad ocurrió noviembre de 2016, cuando a pesar saber que tenía un embarazo de aproximadamente seis semanas, la golpeó con elementos contundentes en diferentes partes del cuerpo, entre ellas en la zona abdominal y lumbar, a consecuencia de lo cual la víctima sufrió un aborto en los días posteriores.

La pena de presidio perpetuo simple, implica que el condenado deberá pasar toda su vida recluido, con la posibilidad de acceder a un beneficio extracarcelario recién luego de cumplir 20 años de presidio.