La Sala del Senado aprobó en general el proyecto que establece una debida protección a los titulares de medio de pago electrónico frente a los nuevos y crecientes delitos no presenciales de los que son víctimas. Cuando se vulneran los la seguridad de sistemas informáticos, dispositivos, portales u otros dispositivos a través de los cuales se realizan las operaciones los emisores deben responder, precisó el presidente de la Comisión de Economía, senador EugenioTuma.
La iniciativa legal patrocinada por el parlamentario busca ir más allá a las normas vigentes y que establecen bloqueos ante la pérdida, robo, hurto, adulteración o falsificación de sus tarjetas, haciendo responsables a las empresas emisoras de la utilización posterior a la notificación del usuario, ante el fraude de los medios de pago electrónico.
“Lo que estamos haciendo es cambiar el peso de la prueba a fin de establecer que el responsable de la seguridad de las tarjetas o cualquier medio de pago es el emisor, en este caso bancos o retail, pues el seguro asociado a estos sistemas debe ser de costo de quien presta el servicio y no del cliente”, enfatizó Tuma.
En la actualidad los delitos en este ámbito, al igual que la clonación de las tarjetas, pueden ser abordados a través de las normas del Código Penal o la ley de delitos informáticos, según corresponda, o la propia ley 20.009 que establece penas a distintos hechos punibles relacionados con el uso fraudulento de tales instrumentos. Cuestión que no existe para técnicas como la clonación, el skimming, o en general, todos aquellos en que el fraude se realiza sin conocimiento del titular.
Los proveedores de los servicios financieros tienen que cumplir con el deber de profesionalidad que impone la ley del consumidor y responder sobre los sistemas de seguridad, no pueden pretender que estos servicios sean de costo de los consumidores, sentenció Tuma.