Huenchumilla niega posibilidad de alcaldes de cambiarse de comuna para repostular: “Sería una chacota absoluta, les aconsejo leer la ley”

El senador explicó que la inhabilidad es “al cargo”, aplica para reelecciones “sucesivas”, y que por intepretaciones “antojadizas” del límite a la reelección, los partidos podrían hacer caer “toda su lista”. También valoró la reforma: “el sistema político se transparenta (…) es lo que pide la gente, atendida la baja estimación de los partidos políticos y la crisis institucional que estamos viviendo”, señaló.

El senador Francisco Huenchumilla (DC) salió al paso de las declaraciones de diversos alcaldes, quienes tras la promulgación de la Reforma Constitucional que estabece el límite a la reelección, manifestaron a través de la prensa su intención de postular en otras comunas –aludiendo a un supuesto vacío en la norma, que les permitiría simplemente cambiar de municipio–, y afirmó que los ediles estarían “totalmente equivocados”.

“Un alcalde que fue electo en un primer periodo, por cuatro años en el cargo de alcalde, y que tiene dos elecciones sucesivas, no puede nunca más ser candidato a alcalde en Chile, en ninguna comuna. Esa es la norma para los alcaldes, para los consejeros, para los senadores y para los diputados”, aseveró Huenchumilla.

“Estos alcaldes están equivocados, porque la norma que se introdujo en la Reforma Constitucional es muy clara (…) los alcaldes durarán cuatro años en sus cargos, y podrán ser reelegidos sucesivamente en el cargo, hasta por dos periodos. Por lo tanto la norma habla del cargo, no habla de la comuna”, aclaró el senador DC.

“Eso sería una chacota absoluta, en contra de la letra y del espíritu de la Reforma Constitucional que se hizo. Por lo tanto, aquí está plenamente vigente la norma que modificó el Artículo 118 de la Constitución (…) yo aconsejaría a los alcaldes que pudieran leer la ley 21.238, que fue publicada el 08 de julio de 2020, donde se establece claramente cuál es la disposición”, señaló.

“Si fuera factible la interpretación que hacen los alcaldes, significaría que debería aplicarse esta misma norma a los senadores y a los diputados, y al resto de los cargos de elección popular (…) los diputados de Malleco que están en esa situación podrían trasladarse a Cautín, y los diputados de Cautín podrían trasladarse a Malleco, o los diputados de Santiago que están en esa situación podrían trasladarse a Concepción y viceversa”, ejemplificó.

PREVENCIÓN

En este sentido, el parlamentario previno a los partidos, destacando que éstos “cometerían un profundo error, de incluir en sus listas parlamentarios a alcaldes que se cambian de comuna, haciendo una interpretación a priori y antojadiza de la ley, y errada de la ley, lo que les puede significar que toda su lista se caiga, simplemente por contradecir las normas de la Constitución”, manifestó.

“Estas normas son de derecho público y rigen in actum, tal como se señaló hace unas semanas atrás. Las normas de derecho público, es importante que los alcaldes lo comprendan, implican que puedes hacer sólo lo que la ley te permite hacer; a diferencia de las normas de derecho privado, donde puedes hacer todo lo que quieras, salvo que la ley te lo prohíba. Por eso, aquí la ley te permite ser electo una vez, y reelecto sucesivamente por dos veces, en el caso de alcaldes y diputados. Y los senadores, una vez más”, enfatizó.

MOVILIDAD

Finalmente, el parlamentario valoró el sentido final de la Reforma Constitucional, y consideró que gracias a ella “el sistema político se transparenta, existe movilidad. Es lo que pide la gente, atendida la baja estimación que tienen los partidos políticos y la crisis institucional que estamos viviendo (…) y de esa manera podamos tener un sistema democrático mucho más abierto”, concluyó el legislador.